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año:2011
 
institución:NO APLICA
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE SERVICIOS AMBIENTALES Y DE ENERGIA T:. (506) 501 8000 F:. (506) 501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No. 12073 16 de diciembre, 2011 DFOE-AE-0441 Señora Hannia M. Durán Jefa de Área ASAMBLEA LEGISLATIVA Estimada señora: Asunto: Se atiende consulta sobre el proyecto de ley denominado “Ley para garantizar la consolidación, el mantenimiento y el financiamiento permanente de nuestros parques nacionales (Reforma al artículo 2 de la Ley N° 8694) el cual se tramita en el expediente No.18251. En atención a su solicitud planteada mediante oficio AMB-401-2011, recibido en esta Contraloría General el 16 de noviembre de 2011, nos permitimos rendir criterio sobre el texto del proyecto de “Ley para garantizar la consolidación, el mantenimiento y el financiamiento permanente de nuestros parques nacionales (Reforma al artículo 2 de la Ley N° 8694)” I- Exposición de motivos: Se indica en la exposición de motivos que el sistema nacional de parques nacionales que inició hace más de cuarenta años para la conservación de la diversidad biológica y del patrimonio natural, es un ejemplo a nivel mundial al lograr crear 28 parques nacionales y otras 138 áreas silvestres bajo diversas denominaciones, tales como reservas biológicas, zonas protectoras, refugios de vida silvestre, humedales y reservas forestales. Según fuentes de información que se mencionan en la exposición de motivos, así como la referencia a estudios del MINAET y el ICT, el turismo que es una de las principales fuentes de divisas del país, viene interesado en la visita de las áreas protegidas, así un 64% de su tiempo de permanencia se dedica a su disfrute. Dicha actividad también permite el desarrollo de la industria turística local o regional, lo cual beneficia directamente a miles ...
Fecha publicación: 20/12/2011
Fecha emisión: 16/12/2011
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERV. AMBIENTALES Y ENERGIA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: AUDITORIA OPERATIVA


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No. 11356 28 de noviembre, 2011 DFOE-EC-0541 Licenciada Gloria Abraham Peralta Ministra MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA (MAG) Estimada señora: Asunto: Emisión de criterio solicitado por el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), sobre la utilización de recursos del Convenio de Financiación Específico N° DCI-ALA/2008/019-470. Nos referimos a su oficio Nro. DM-572-11, complementado con el oficio Nro. DMR- 653-11, mediante el cual consulta a esta Contraloría General: a. “¿Es legalmente factible la aplicación de los procedimientos de contratación de la Unión Europea, establecidos mediante la “Guía Práctica de los procedimientos contractuales para las acciones exteriores de la Unión Europea”, en las adquisiciones y contratos que se financien con los recursos no reembolsables donados por la Unión Europea en el marco del Convenio de Financiación N°DCI-ALA/2008/019-470 para la ejecuci ón del Proyecto “Apoyo al cumplimiento de las medidas sanitarias y fitosanitarias”, en el entendido de que estos recursos serán incorporados en el presupuesto institucional de SENASA y se movilizarán por medio de cuentas específicas abiertas en caja única del Estado? b. ¿A efecto de movilizar los recursos de la Unión Europea mediante el presupuesto institucional, en este caso de SENASA, éstos se deben aplicar como recursos específicos?” Una vez realizado el análisis de mérito, procedemos a atender sus consultas: Señala en el punto VII de la sección A. Antecedentes de su oficio de consulta1 que: 1 Oficio Nro. DM-572-11 DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE ...
Fecha publicación: 02/12/2011
Fecha emisión: 09/11/2011
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA SERVICIOS PÚBLICOS GENERALES T:. (506) 2501 8000 F:. (506) 2501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No. 11946 29 de noviembre, 2011 DFOE-PG- 420 Licenciada Maribel Salazar Valverde Directora Ejecutiva PATRONATO DE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y ADQUISICIÓN DE BIENES Estimada señora: Asunto: Consulta sobre el manejo y registro de algunas cuentas en el proceso de implementación de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público. En su oficio D.E. PCIAB-997-2011 de fecha 20 de octubre de este año, informa que el Patronato de Construcciones, Instalaciones y Adquisición de Bienes (PCIAB) está en el proceso de implementación de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP) y de un software para los registros contables y presupuestarios de la institución; y a la vez plantea una serie de consultas al respecto. I. MOTIVO DE LA CONSULTA A raíz de lo comentado, manifiesta que se ha presentado una serie de dudas en el manejo y registro de algunas cuentas, por lo cual solicita a esta Contraloría se indique el procedimiento a seguir en relación con los siguientes aspectos: a) Si los activos fijos adquiridos por el PCIAB que están a nombre del Ministerio de Justicia y Paz, tiene que registrarlos el Patronato como activos fijos dentro de su contabilidad o le corresponde hacerlo al Ministerio de Justicia y Paz por medio de la Proveeduría Institucional y la Oficialía Presupuestal. b) Cómo se debe realizar el manejo y/o registro de los inventarios de materiales y suministros que adquiere el PCIAB, tanto para el Departamento de Arquitectura como para el de Producción Agroindustrial, que pertenecen a la Dirección General de Adaptación Social. Como antecedentes a considerar se aporta el criterio de la Contabilidad ...
Fecha publicación: 01/12/2011
Fecha emisión: 28/11/2011
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE SERVICIOS AMBIENTALES Y DE ENERGÍA Al contestar refiérase al oficio Nº 11247 14 de noviembre de 2011 DFOE-AE-0410 Licenciada Silma Bolaños Cerdas Jefa de Área COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE TURISMO Estimada señora: Asunto: Consulta sobre el proyecto de “Ley para la protección de pequeñas y medianas empresas turísticas y comerciales en zonas costeras y de residentes en zona marítimo terrestre”, expediente No. 18.180. Con fundamento en lo que dispone el artículo 183 de la Constitución Política, en su condición de órgano auxiliar de la Asamblea Legislativa en la vigilancia de la Hacienda Pública, y en atención del oficio No. TUR-965-18.180-11 del 14 de octubre de los corrientes, la Contraloría General, dentro del plazo otorgado al efecto, procede a rendir el criterio solicitado acerca del proyecto de ley denominado “Ley para la protección de pequeñas y medianas empresas turísticas y comerciales en zonas costeras y de residentes en zona marítimo terrestre”, expediente No. 18.180, se indica lo siguiente: 1. Consideraciones sobre la exposición de motivos. De conformidad con la exposición de motivos del proyecto de ley de referencia, se desprende la pretensión de que se equipare el impuesto territorial al canon que pagan los concesionarios en las zonas costeras, especialmente para los residentes y los pequeños y medianos empresarios turísticos y comerciantes. Al respecto, cabe aclarar que el canon no tiene naturaleza tributaria, pues se trata de una contraprestación pecuniaria que efectúa el concesionario por el uso y disfrute especial que se hace del dominio marítimo-terrestre y por la ventaja que se obtiene frente a las demás personas, al no disponer de ese bien público con exclusividad, cuya prestación no se impone en forma coactiva, como en el caso de los tributos, sino que depende de una solicitud voluntaria del interesado y de su compromis ...
Fecha publicación: 17/11/2011
Fecha emisión: 14/11/2011
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERV. AMBIENTALES Y ENERGIA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No.11135 10 de noviembre, 2011 DFOE-IFR-0677 Licenciada. Maribel Muñoz Arrieta Subauditora CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL CETAC Estimada señora: Asunto: Se da respuesta a criterio requerido por la Licda. Maribel Muñoz Arrieta Subauditora del Consejo Técnico de Aviación Civil solicitado mediante oficio Nro. AI-201-2011 del 09 de setiembre del presente año sobre el uso de la carta de crédito local como medio para ejecutar recursos presupuestarios en períodos siguientes. Mediante la nota de referencia se solicita el criterio de este órgano contralor en relación con la legalidad de la utilización del crédito documentario local y el manejo presupuestario que, alrededor de ese mecanismo de pago, se efectúa en Consejo Técnico de Aviación Civil. 1. SOBRE LA CONSULTA FORMULADA 1.1 ANTECEDENTES Se esbozan en el oficio Nro. AI-201-2011, lo que denominan como “situación base de la consulta” que de manera resumida, indica lo siguiente: 1. Que resulta factible para la Administración activa el uso de cartas de crédito: ? Haya sido incluida o no en el cartel o el contrato como forma de pago. ? La carta de crédito se emite después de la formalización contractual y de la elaboración del pedido (Orden de Compra), esto por lo general después del 13 de diciembre del año en que se previó el presupuesto. ? Lo plazos contractuales superan el periodo en que se confecciona el pedido. La ejecución se da en el año o años siguientes. DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA DFOE-IFR-0677 2 10 de noviembre, 2011 T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-81 ...
Fecha publicación: 17/11/2011
Fecha emisión: 09/11/2011
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nro. 11027 8 de noviembre, 2011 DFOE-SAF-0415 Diputado Edgardo Araya Pineda Presidente Comisión Especial Permanente Expediente 18.270 ASAMBLEA LEGISLATIVA Estimado señor: Asunto: Criterio sobre el Proyecto: “Ley de Solidaridad Tributaria” Expediente Nº 18261. En atención al oficio CE-07-10-11 se atiende consulta de esa Comisión, en relación con el criterio de esta Contraloría sobre el Proyecto “Ley de Solidaridad Tributaria”, Expediente N° 18.261, según versión publicada en Alcance 70 a La Gaceta 187 del 29 de septiembre del 2011. Advertimos que, en oficios 2620 del 21 de marzo pasado y 7686 del 22 de agosto del año en curso, se habían respondido las consulta formuladas en su oportunidad, sobre dicho proyecto de ley, en sus primeras dos versiones. 1. Consideraciones Generales En los precitados oficios, así como en dos recientes documentos remitidos por esta contraloría a la Comisión de Asuntos Hacendarios –Evolución Fiscal y Presupuestaria del Sector Público, Primer Semestre del 2011, e Informe Técnico sobre el Proyecto de Ley de Presupuesto de la República 2012-, nos referimos al desbalance que se presenta en la configuración de ingreso y gasto del Gobierno Central. Junto con un déficit financiero que supera el 5% del PIB, se ha observado un crecimiento desproporcionado del gasto corriente primario, principalmente a partir del 2008, el cual alcanzó un nivel del 15.0% del PIB en el 2010, comparado con 10.4% en 2006, reflejado sobre todo en las partidas de remuneraciones y de transferencias corrientes. Se presenta déficit primario en forma sostenida, lo que por sí solo es casi sinónimo de creci ...
Fecha publicación: 10/11/2011
Fecha emisión: 07/11/2011
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: FISCALIZACION EVALUATIVA


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA SERVICIOS PÚBLICOS GENERALES T:. (506) 2501 8000 F:. (506) 2501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nº 10868 4 de noviembre, 2011 DFOE-PG-396 Licenciado Luis Eduardo Peraza Murillo Director Nacional INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE Y LA RECREACIÓN Estimado señor: Asunto: Consulta sobre si los superávit que reportan las asociaciones o federaciones deportivas de los recursos que les transfiere el ICODER, son considerados libres o específicos y otros aspectos de interés. Mediante oficio DN-2274-09-2011 solicita el criterio de esta Contraloría General sobre si los superávit que reportan las asociaciones o federaciones deportivas de los recursos que les transfiere el Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER), son considerados libres o específicos, a efecto de determinar la aplicación del Decreto Ejecutivo N° 34040-H. Adjunta a su gestión el criterio de la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria, el cual concluye que esos superávit son libres y no específicos, por lo cual les aplica el decreto ejecutivo supracitado. Manifiesta que la Secretaría Técnica indica que le corresponde a este órgano contralor autorizar el gasto de los superávit a las asociaciones o federaciones correspondientes. Agrega que la Secretaría Técnica no concreta la respuesta esperada por cuanto el mismo decreto ejecutivo dictamina que los superávit son de las entidades y que solamente se deben aplicar en gastos que se refieran a la actividad ordinaria de éstas, aspecto sobre el que versa la consulta planteada. Adicionalmente señala que la tarea normal de esas entidades deportivas se concentra, precisamente en actividades cuyo objeto del gasto se refleja en cuentas o renglones presupuestarios no autorizados por el decreto ejecutivo en mención, tales ...
Fecha publicación: 07/11/2011
Fecha emisión: 04/11/2011
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA SERVICIOS PÚBLICOS GENERALES T:. (506) 2501 8000 F:. (506) 2501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No 10862 4 de noviembre de 2011 DFOE-PG-394 Señora Ana Lorena Cordero Barboza Jefe de Área, Comisión Permanente Especial de Juventud, Niñez y Adolescencia ASAMBLEA LEGISLATIVA Estimada señora: Asunto: Observaciones respecto al proyecto “Ley Orgánica del Ministerio del Deporte y la Recreación (MIDEPOR)”, Expediente N° 17484. En atención a su oficio número CJNA-792-17484, mediante el cual consulta el criterio de esta Contraloría General en relación con el proyecto “Ley Orgánica del Ministerio del Deporte y la Recreación (MIDEPOR)”; dentro del plazo conferido, se exponen las siguientes observaciones. En síntesis, el texto en análisis corresponde al texto sustitutivo acogido como base de discusión por la Comisión Permanente Especial de Juventud, Niñez y Adolescencia, en sesión Nº 14 del 21 de setiembre de 2011. Dicho texto contiene, entre otros aspectos, la creación del Ministerio del Deporte y la Recreación (MIDEPOR), sus objetivos, atribuciones y organización, y señala asimismo las atribuciones del Ministro. Además, contempla la creación del Premio Nacional Deportivo Claudia Poll (y deroga Ley Nº 7703); otorga exención tributaria al Ministerio, así como al Comité Olímpico, las federaciones y asociaciones deportivas, y comités cantonales de deportes. En cuanto al financiamiento, establece que será con cargo al presupuesto de la República. En cuanto a la organización, se elimina el Congreso Nacional del Deporte, órgano del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER), y se crean la Comisión Nacional del Deporte y la Comisión Nacional de Actividad Física y Recreación, como órganos del Instituto, asesores del Consejo. Por o ...
Fecha publicación: 07/11/2011
Fecha emisión: 04/11/2011
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al Oficio No. 10564 28 de octubre, 2011 DCA-2821 Licenciado Francisco Segura Montero Subdirector General Organismo de Investigación Judicial, Poder Judicial Estimado señor: Asunto: Se da acuse de recibo de su nota, a la vez que se atiende la inquietud planteada en su nota 713-DG-11. Nos referimos a su nota 713- DG-11 mediante la cual se permite “trasladar la necesidad que tiene este organismo de suscribir un contrato con el Instituto Costarricense de Electricidad para la formalización de los servicios de interconexión del sistema de radio troncalizado”. Conocido el contenido de su nota, se procede a señalar lo siguiente: 1. Se da acuse de recibo del oficio 713- DG-11. 2. Objeto de la gestión presentada Ese Organismo no plantea un trámite específico, siendo que en su nota se describe una situación que se genera entre el O.I.J. y el ICE respecto a la intención de suscribir un convenio, para el uso del sistema troncalizado terrestre que pertenece al primero, específicamente para el “suministro de servicios de radiocomunicación móvil por medio del sistema de radio troncalizado”. Se indica en su nota que la celebración del convenio no se ha dado aún, pese al acercamiento que el O.I.J. ha buscado con el ICE y a fin de evitar que se continúe con el pago de un servicio que se realiza como “contratación irregular”. Aporta copia del oficio 226-OR-10 dirigido al ICE en relación con este tema, así como el borrador del documento cuya firma se plantea. Refiere además a una de las condiciones establecidas en el Oficio No.12995-2008, dirigido al ICE y emitido por este órgano contralor, en el cual se le indicó que debía mantener al día los convenios con los distintos usuarios del sistema troncalizado terrestre. 2 Sobre el particular, ha de indicarse lo siguiente: ? Este órgano contralor no está ...
Fecha publicación: 02/11/2011
Fecha emisión: 28/10/2011
Documento: 10564-2011.pdf
Institución: NO APLICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA SERVICIOS PÚBLICOS GENERALES T:. (506) 2501 8000 F:. (506) 2501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nro. 10335 24 de octubre, 2011 DFOE-PG-385 Máster William Araya Cisneros Auditor Interno CONSEJO NACIONAL PARA INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TECNOLÓGICAS Estimado señor: Asunto: Emisión de criterio sobre reservas del presupuesto para cubrir compromisos para años futuros. Mediante oficio A.I-028-2011 de fecha 5 de octubre, consulta sobre las vías legales con el fin de hacer reservas del presupuesto para cubrir compromisos para años futuros. Con respecto a su consulta procede indicar que la disciplina presupuestaria o principio de legalidad presupuestaria se instaura por medio de conceptos constitucionales, en los que se establece, en lo que interesa, que: “Artículo 176.- El presupuesto ordinario de la República comprende todos los ingresos probables y todos los gastos autorizados de la administración pública, durante todo el año económico. En ningún caso el monto de los gastos presupuestos podrá exceder el de los ingresos probables. / Las Municipalidades y las instituciones autónomas observarán las reglas anteriores para dictar sus presupuestos.” En una necesaria articulación con el marco constitucional, leyes como por ejemplo, la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, Nro. 8131, contiene una serie de principios derivados del mandato constitucional, aplicables al sector público costarricense, interesando resaltar los siguientes: “Artículo 5.- Principios presupuestarios. Para los efectos del artículo anterior, deberán atenderse los siguientes principios presupuestarios: (…) d) Principio de anualidad. El presupuesto regirá durante cada ejercicio económico que irá del 1° de enero al 31 de diciembre. ( ...
Fecha publicación: 28/10/2011
Fecha emisión: 19/10/2011
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO